Listado de multas y reglamentos de la Policía Caminera 2011

29 Dic 2016
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Parece que la caminera está reciclando las multas viejas, están viendo la forma de recaudar. Estoy escuchando mucho últimamente el tema de que en las barreras reclaman multas de hasta 5 años atrás.
 
4 Abr 2012
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Tenes que presentar una nota pidiendo la prescripción de la multa, eso podes hacer si pasó dos años de la multa. Así ya lo borran del sistema.
 
29 Dic 2016
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2 años después sino se pagó se puede solicitar por escrito la prescripción de la multa. Eso es para que borren del sistema si es que lo cargaron. Capaz hicieron eso, la verdad no se je.

Ley Nro. 5016/2014 de Tránsito y Seguridad Vial, Leyes y Reglamentos
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LEY NACIONAL DE TRANSITO Y SEGURIDAD VIAL

TITULO VIII

Régimen de Sanciones

Capítulo 6

De la ejecución de sentencias y resoluciones
Artículo 142.- Aplicación de sanciones pecuniarias.
Las resoluciones que apliquen sanciones pecuniarias y determinen accesorias legales como costos y costas, constituirán títulos ejecutivos contra las cuales podrán oponerse solamente las excepciones de incompetencia, de falta de jurisdicción o personería, falsedad o inhabilidad del título, prescripción, pago total o parcial documentado y cosa juzgada.

Artículo 143.- Obligación de hacer o no hacer.
Si la resolución dispone hacer o no hacer y, por omisión o renuencia el infractor deja transcurrir el plazo sin cumplirla y por tal causa debe ser subrogado en su obligación de hacer o rectificado en la de abstenerse, los costos generados serán a su cargo. En tal supuesto, la dependencia interviniente deberá intimar al infractor al pago de los costos en el perentorio plazo de 10 (diez) días, contados desde la notificación de la resolución correspondiente. Vencido dicho plazo, la dependencia interviniente podrá recurrir a la vía judicial para el cobro compulsivo, conforme al procedimiento establecido en el Artículo 144, sirviendo de suficiente título ejecutivo la copia de la sentencia o resolución acompañada de la notificación de la intimación.

Artículo 144.- Ejecución de la sentencia ante la justicia ordinaria.
Si para la ejecución de la sentencia fuese necesario recurrir a la justicia ordinaria, la acción correspondiente deberá ser promovida ante el juez de primera instancia en lo civil de turno, por la vía de ejecución de sentencia. Esta acción deberá ser promovida por la máxima autoridad de la dependencia interviniente, a través de los asesores jurídicos de la entidad que haya dictado el fallo, debidamente acreditados.

En ningún estadio del juicio, le serán exigidas cauciones a la dependencia interviniente y solo serán admisibles las excepciones establecidas en el Artículo 142.

La acción prescribirá a los 4 (cuatro) años de la comisión de la infracción.

Artículo 145.- Auxilio de la Policía Nacional.
La Policía Nacional prestará de inmediato la asistencia que le sea requerida por el Juzgado de Instrucción o Sumariante o por la máxima autoridad de la dependencia interviniente para el cumplimiento de la presente Ley, las resoluciones, medidas de urgencia o sentencias dictadas en consecuencia. Para estos efectos, la autoridad solicitante deberá acompañar copia auténtica del instrumento cuyo cumplimiento se disponga.
 
4 Abr 2012
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Pero si no pasaron dos años como haces?
Evitas las barreras?
Y a mi una sola vez me pararon para control luego de que pasó dos años y ahí me dijeron q tenia la multa. Hice la nota y llevé a la caminera y quitaron del sistema, luego de una semana por ahí tenes que ir a ver la resolución.
 
30 Abr 2013
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Alguien tiene el listado actualizo? busque muchisimo ya para imprimir, parece que borraron estos hdp de la caminera
 
29 Dic 2016
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Patrulla Caminera inicia Operativo Fin de Año el 20 de diciembre

La Patrulla Caminera tiene todo listo para arrancar el próximo viernes 20 de diciembre el Operativo Fin de Año, que se extenderá hasta el miércoles 1 de enero de 2020. El trabajo contará con el apoyo de la Policía Nacional, el Ministerio Público, Fiscalía del Menor, Policía Municipal, Dirección Nacional de Transporte (Dinatran) y otras instituciones.

La cobertura será de lunes a jueves, de 4:00 a 23:00 y los fines de semana y feriados, incluyendo controles que se intensificarán en itinerarios nocturnos. Pruebas de alcotest, verificación de los sistemas de luces reglamentarias en horario diurno y nocturno, así como el cumplimiento de la Ley Nacional de Tránsito y el ordenamiento y regulación del tránsito vehicular y de peatones, forman parte de este operativo.

Los domingos y feriados se prevén realizar coberturas de salida y retorno a la capital, principalmente en San Lorenzo, Capiatá, Itauguá, Ypacaraí, Areguá, Caacupé, J. Augusto Saldívar, Itá, Yaguarón, Paraguarí, Carapeguá, San Bernardino, Luque, Encarnación, Ciudad del Este y demás ciudades.
 
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