Y regalarles plata para pagar el suelo de los Planilleros ? No gracias ! Si pagamos para que no nos jodan vamos a seguir igual de Mal ! No nos dejemos extorcionar por estos ladrones y estafadores !
Bueno; leyendo esta Noticia: ABC Digital - Sertran y los municipios violan leyes y las multas podran ser anuladas - ABC Digital me puse en Contacto con la Abogada Graciela Arana y me indico mas o menos los pasos a seguir. Debo redactar y presentar una Nota de Descargo en el Juzgado de Falta de Ypacarai donde explico que su acusacion es Nula y ademas esta fuera de la ley.
Bueno, según entendido, todavia no se expidieron a favor ni en contra de la utilización del Radar entonces los comerciantes interpretaron para ellos el vacio legal de seguir utilizando la foto e intentar el cobro de supuestas multas. Pero cabe mencionar que las rutas nacionales estan a cargo del MOPC por ende de la policia caminera y no de los policias municipales que se apostan sobre las mismas, en pocas palabras no tienen juridicción. Facil de notar esto es en epocas veraniegas los encargados de dirrigir el transito son los Zorros Grises y los Municipales ni aparecen por una cuestión de juridicción. Otra cosa es que cuando se te detiene por haber cometido alguna infracción debes de firmar la boleta de infracción en concentimiento de aceptar la falta y obviamnete de estar presente (ya me paso y fue asi, experiencia propia), ademas jamas se debe de aceptar que en la boleta se escriba el articulo solamente, se debe de exigir que se indique la infracción), cosa que no puede ser si te sacan una foto y envian a la dirección que figura en la Dirección del Registro Automotor, la cual ellos no deberían de tener acceso por que son entes de seguridad, ni aduana son simplemente una empresa asociada con el gobernate del momento. Ninguno de mis autos esta a mi nombre... a quien le van a enviar las infración????, es un negociado y si no queres hacer caso a la foto, no le hagas, lo de imposibilitar la nueva habilitación no esta ni estara contemplado en la OPACI. Hasta hoy día no hay nadie en Inforconf por la falta de pago de las supuestas multas.
Acabo de hablar por telefono con la abogada a quien se le hizo la Nota en ABC que puse mas arriba .... y ella me comento que si ya hay juicios de cobro contra personas que no le hicieron caso a estas multas.
lo mejor seria como carga explosiva 1 se acuerdan? el tipo apretaba un boton y cambiaba de chapa jajaja
X lo visto que no en nuestro pais. Nunca ni me preguntaron! Y eso que me atajaron y me multaron, pero x habilitacion vencida jajaja. Pero tooodo el mundo anda sin chapa aunque es una real y clara infraccion a todas las leyes de transito.
Ahora hable con la gente de Defensa al Consumidor: Ministerio de Industria y Comercio - Paraguay - Defensa del Consumidor Ya que por Ley, la multa deberia ser de 2 Jornales minimos,, y en la notificacion habla de 17 jornales .... o sea ke de pies a cabeza esta joda es una Flor de Estafa !! Ahora estan investigando el caso y para el lunes van a tener novedades,, tengo que volver a llamar. Los perros, vivimos en una Sociedad de Derecho !! no se dejen JODER asi nomas ,,, si les parece que se les esta engañando, aprendan a Defenderse !! No se queden con los brazos cruzados !!
POLICIA CAMINERA PARAGUAYA DECRETO LEY Nº 22094/47.- REGLAMENTO GENERAL DE TRÁNSITO CAMINERO Art.4 Imprudencia en el manejo. 260.000.- Art.5 Conducir en estado Etílico. 1.040.000.- Art.6 Menor de Edad en el volante. 520.000.- Art.7 Estacionar sobre ruta con desperfectos. 260.000.- Art.8 Carga no amarrada o tapada y deslizada sobre pavimento. 260.000.- Art.9 Carecer de permiso especial carga indivisible. 520.000.- Art.10 Prohibido conducir o estacionar sobre ruta para publicidad. 260.000.- Art.11 Modificar características del vehículo Sin Autorización. 520.000.- Art.15 Carecer de permiso especial Tractor Agrícola 520.000.- Art.16 Sobrepasar medidas, frente, costado y trasero. 520.000.- Art.20 Elástico en mal estado. 260.000.- Art.21 Carecer de señal, banderola roja, carga nacional. 260.000.- Art.22 Carecer de luz de chapa en vehículo Remolcado. 260.000.- Art.23 Carecer de freno de mano. 260.000.- Art.23 Carecer de freno. 520.000.- Art.24 Carecer de bocina. 52.000.- Art.25 No respetar vehículos de urgencias. 260.000.- Art.26 Carecer de espejo retrovisor ambos lados. 156.000.- Art.27 Vidrios polarizados no permitidos. 260.000.- Art.28 Carecer de limpia parabrisas. 260.000.- Art.29 Carecer de silenciador. 260.000.- Art.30 Carrocería no reglamentaria. 520.000.- Art.40 Carecer de luz de chapa. 104.000.- Art.40 Carecer de luz alta y baja. 156.000.- Art.40 Carecer de luz trasera. 208.000.- Art.40 Carecer de luz alta y baja lado derecho e izquierdo o totalmente. 104.000.- Art.41 Falta de luz en el acoplado. 156.000.- Art.42 Falta de luz en maquinarias o Tractor Agrícola. 156.000.- Art.43 Falta de luz en Motocicleta. 156.000.- Art.47 Carecer de luz de giro y luz de freno un lado. 104.000.- Art.47 Carecer de luz de giro y luz de freno ambos lados. 156.000.- Art.48 Uso indebido de reflectores. 260.000.- Art.49 Realizar cambio de luces en tránsito. 104.000.- Art.50 Falta de luz baja. 156.000.- Art.52 Estacionar sin luces reglamentarias sobre rutas. 260.000.- Art.53 Vehículos con luces rojas y verdes. 156.000.- Art.56 Carecer de chapa trasera y/o delantera. 156.000.- Art.57 Alteración de chapa. 260.000.- Art.58 Chapa sucia y no visible. 104.000.- Art. 59 Usar otra chapa. 260.000.- Art.61 Uso obligatorio de chapa (trasera) en Motocicleta. 260.000.- Art.62 Uso indebido de emblemas. 260.000.- Art.63 Carecer de habilitación municipal. 156.000.- Art.65 Precinta de chapa atrasada. Patente Municipal. 104.000.- Art.69 Carecer de Registro de Conducir. 520.000.- Art.77 Desacato a la autoridad. 520.000.- Art.87 Registro vencido y/o deteriorado. 260.000.- Art.88 Registro no revalidado en el año. 104.000.- Art.89 Carecer de extintor. 156.000.- Art.89 Exintor sin carga o vencida. 104.000.- Art.89 Carecer de auxilio. 156.000.- Art.89 Auxilio desinflado. 104.000.- Art.90 No tener consigo su registro. 156.000.- Art.91 Entregar dirección a persona no autorizada. 260.000.- Art.92 Llevar pasajeros en la estribera y lugares no permitidos. 156.000.- Art.93 No conservar lado derecho. 156.000.- Art.96 Adelantamiento carril derecho. 260.000.- Art.97 Adelantamiento indebido. 260.000.- Art.98 No ceder paso lado izquierdo. 156.000.- Art.99 Circular en forma paralela. 260.000.- Art.100 No mantener distancia. 260.000.- Art.101 Maniobra peligrosa. 156.000.- Art.102 No respetar prioridad de paso. 260.000.- Art.104 No respetar la señal de pare, preferencial. 520.000.- Art.107 No respetar zona de seguridad peatonal. 260.000.- Art.108 Entrar o salir de la ruta fuera del empalme. 260.000.- Art.109 Estacionar sobre la calzada y/o sobre un puente. 260.000.- Art.110 Estacionamiento paralelo. 260.000.- Art.113 Derramar aceite u otro liquido en rutas. 520.000.- Art.121 Efectuar carrera de velocidad. 520.000.- Art.126 Carecer de señal cargas peligrosas. 260.000.- Art.128 Transporte de residuos en vehículo no establec. 260.000.- Art.136 Exceso de velocidad rutas en zona rural. 260.000.- Art.138 Exceso de velocidad en zona urbana. 260.000.- Art.141 No respetar señal de pare en pasos peligrosos. 520.000.- Art.142 No respetar lugares de trabajos en rutas. 260.000.- Art.145 Transitar con llantas de hierro en rutas. 260.000.- Art.146 Vehículos con tracción de sangre con llanta met. 260.000.- Art.181 Abandono de vehículo en vía pública. 260.000.- Art.184 Colocar tableros publicos. En franja de dominio. 520.000.- Art.186 Echar basuras en franja de dominios. 520.000.- Art.188 Llevar pasajeros en camión de cargas. 260.000.- Art.194 No expedir boletos de pasajes. 260.000.- Art.208 Boleta de Contravención vencida. 52.000.- Las Infracciones al presente Reglamento que no tuviesen pena determinada, serán sancionadas con multas equivalentes al importe del salario mínimo legal en la Capital de la República para personal que trabaja en actividades no especificas, de uno a diez salarios diarios. Art.209 DECRETO LEY Nº 22.094/47.
Art.11 Modificar características del vehículo Sin Autorización. 520.000.- MBAEEEEEEE????????????????????????? iensa:
yo hable con ellos tambien... me dijeron que pague y que despues vea que hacer, mierda yo no tenia plata hasta el 23 era 590mil ahora ya es 900 la mierda, como me jode
anda sin chapa adelante ... y cuando ves una barrera, control o algo parecido tiras tu chapa por el parabrisas y ke se tranke por el tablero (para ke sea visible).... obs. tener siempre tu chapa a mano lista para tirar por el parabrisas..... si tenes chapa de personalizada ponele la " D " de duplicado, decile ke se te robo la original y ke es un kilombo para sacar otra ves, por eso le pusiste la D
no ni cagando paguen si esto sigue asi cada dia va a ser peor dejen de colaborar con los ladrones claro que siempre va a seguir asi.. japiro legalmente falta irse en grupo y volcar los kangoo porqueria que ay.. estafa a full ya hacen con su radar pichicateado..
Yo tengo un amigo que suele pasar por ese control, y siempre baja la velocidad y pasa con un feroz YAPIRO haciendo con el dedo jajajaja
algunos decolorean sus chapas, y asi ya el radar no pilla, aparte en CDE se vende un spray que se pone por las chapas para viajar, y deja borrosa las letras.
ese spray nada que ver luego, no sirve. los de Mithbuster probaron de todo. Ademas, el spray sirve para fotos de noche. ya que lo que hace es reflejar el flash.
Buena es Hush!!!...nderakore como exageran estos HDP con las multas!!! PD: o podemos hacer como esta moto iensa: