Las Multas de Ypacarai son NULAS !!

Tema en 'Articulos de Interes' iniciado por HUSH, 30 Ago 2010.

  1. HUSH :::: WEBMASTER ::::

    R Ene '04
    M 6.801
    Los perros...atiendan bien, los que recibieron la notificacion y aun no pagaron (igual los que ya pagaron)... Fijense que por la hoja de notificacion donde esta la foto de su vehiculo, viene presillado un papel que dice "Acta de Intervencion". Para que esa acta sea Valida debe contar con la Firma y aclaracion del director de Tránsito de Ypacarai, Gustavo Alcaraz Santander ..... tambien debe tener la firma del Infractor (tu firma) o en su defecto la firma y aclaracion de Dos testigos.
    Si tu boleto no tiene todos estos requisitos, es total y absolutamente NULA.
    El paso a seguir es presentar una nota de Descargo en el Juzgado de Faltas de Ypacarai, solicitando la Nulidad del Acta, basandose en latransgresión de la Ley Nº 1276/98, en su capítulo II “Del procedimiento administrativo previo”. En su Art. 29, indica, entre otras cosas, que los hechos constatados como infracciones deben llevar “la firma del funcionario interviniente, con aclaración de nombre y cargo, y la firma del imputado o, en su defecto, las firmas e identificación de dos testigos”. Esta nota de descargo la puede persentar el mismo afectado,, no se necesita d eningun abogado.

    Los que ya pagaron la multa, igual pueden proceder de la misma manera y una vez que tengan la sentencia favorable, pueden iniciar juicio para la DEVOLUCION de su dinero !!

    Diego Antonio Amarillo hizo su descargo de esta manera y le dieron la razon y no pago ni un guarani: Afectados por Sertran y municipios podrian recuperar el dinero pagado. Elaboran notificaciones, sin firma del inspector - ABC Digital


    A vic_gab le gusta esto.
  2. Skywalker Administrator

    R Jun '06
    M 5.660
    Es por eso que sos el Administrador carajo! jajajajjaa

    Gracias Hush!
  3. HUSH :::: WEBMASTER ::::

    R Ene '04
    M 6.801
    ELABORAN NOTIFICACIONES, SIN FIRMA DEL INSPECTOR
    Afectados por Sertran y municipios podrían recuperar el dinero pagado

    Un supuesto infractor de tránsito en la ciudad de Ypacaraí, Diego Amarilla Díaz, demostró que las boletas de infracciones se elaboran en la empresa Sertran sin la participación del director de Tránsito, Gustavo Alcaraz Santander.

    La jueza de faltas de la Municipalidad, María Luisa Ramos de Jara, no tuvo otra alternativa que anular el ilegal documento. Teniendo como antecedente este caso, los afectados que ya pagaron podrían recuperar su dinero.



    Diego Antonio Amarilla Díaz recibió en su domicilio una cédula de notificación de fecha 22 de mayo del 2009. A través del documento se le comunicaba una supuesta falta: “avance con semáforo en rojo”, sobre la avenida Bernardino Caballero e Iturbe de la ciudad de Ypacaraí. La fecha consignada es del 21 de febrero del mismo año.

    Además, el documento le impone el “pago correspondiente al acta N° 0006637; con descuento puede pagar hasta el día 15 de junio G. 619.284. Sin descuento, hasta el 23 de junio, G. 1.135.354”.

    Sin embargo, el afectado se percató de que la notificación no tiene la firma del director de Tránsito de la Comuna ypacaraiense, Gustavo Alcaraz Santander. Ahí entendió que se trataba de una clara violación de la Ley Nº 1276/98, la que establece el régimen de faltas municipales y el procedimiento en materia de faltas municipales, y “confirmó” su sospecha de que las boletas son confeccionadas en la empresa Sertran y no en la Municipalidad de Ypacaraí.

    En los primeros días de junio del 2009 recurrió al Juzgado de Faltas de la Municipalidad de Ypacaraí y solicitó la nulidad de la infracción que se le imputó. Ingresó su pedido como expediente 74/09, y en fecha 17 de dicho mes tuvo sentencia favorable. La Abog. María Luisa Ramos de Jara no tuvo otra alternativa que darle la razón.

    Reconoció la transgresión de la Ley Nº 1276/98, en su capítulo II “Del procedimiento administrativo previo”. En su Art. 29, indica, entre otras cosas, que los hechos constatados como infracciones deben llevar “la firma del funcionario interviniente, con aclaración de nombre y cargo, y la firma del imputado o, en su defecto, las firmas e identificación de dos testigos”.

    Señala también la jueza que no se puede desconocer la presunción de inocencia, consagrada en el Art. 16 de la Constitución Nacional. El oficio (AI N° 13) deja una jurisprudencia, en el mismo Juzgado de Faltas de la Municipalidad de Ypacaraí se reconoce que existe hasta violación de preceptos constitucionales.

    Es normal

    La distribución de cédulas de notificación sin las firmas de los directores de Tránsito sería normal, “porque en la empresa Sertran se preparan estos documentos“, manifestó uno de los presuntos infractores, quien se identificó como Abel Rodríguez.

    Destacó que ya se comunicó con la Comuna de Ypacaraí. “Allí, en la Dirección de Transito, me dijo la secretaria que me puedo acercar hasta su oficina para que se me firme la notificación, para tener validez”.

    Similares casos se registran en la Municipalidad de Ñemby: las cédulas de notificación no tienen la firma del director de Tránsito, Joel Adorno, porque probablemente ni pasa por dicha dependencia. Las actas de intervenciones son manejadas solamente por los directivos de Sertran, Jorge y Marcelo Muñoz Sanier, con el abogado Hermes Rafael Saguier, según las fuentes.

    Sin embargo, el director de Transito de la Comuna ñembyense, Joel Adorno, desmintió que los documentos no pasen por sus manos. “Si se entregaron algunas notificaciones sin firma debe ser porque se me pasó; tengo montón de ellas para firmar”, enfatizó.

    Otras irregularidades

    Además de violar varios artículos de la Constitución, la empresa Sertran y la Municipalidad de Ñemby son acusadas de fabricar los documentos para recaudar. Uno de los tantos casos afecta a Julio César Agüero.

    La víctima asegura que nunca manejó un vehículo ni sabe hacerlo y no tiene ni carretilla. Además, Sertran y la Comuna de Ñemby alteraron su nacionalidad.

    Otro caso: el 19 de abril de 2009, el féretro de Virgil González Segovia fue conducido al cementerio de Ypacaraí, pasando por la intersección de la calle Bernardino Caballero e Iturbe, a las 15:23. En este lugar está instalada la cámara de Sertran.

    Grande fue la sorpresa de los familiares del extinto cuando recibieron la cédula de notificación sobre la violación de la luz roja por Virgil González Segovia. El fallecido no tenía vehículo. La notificación emplazaba por 10 (diez) días hábiles al fallecido para que “comparezca ante la Dirección de Tránsito de la Municipalidad de Ypacaraí, de conformidad al Art. 201 de la Ordenanza N° 15/2008.
    7 de Junio de 2010 22:48
  4. _Jorgito_ Administrator

    R Ene '04
    M 9.215
    JAaaaa. que level... Excelente Info.!
  5. javiercito

    R Oct '07
    M 115
    Bien Ahi!! excelente informacion
  6. monster

    R Abr '08
    M 178
    yo tube la infraccion en ñemby y pase verde y en el medio me dio amarillo y rojo..
    tiene la firma de raul troxler.. hize a 3 cuotas el pago.. pero en febrero solo pague una cuota! y hace poco me llamaron para preguntarme si ya pague todo.. y le dije que no y me dicen que cuando puedo regularizar...
    pero en la boleta de intervención solo figura el nro de chapa.. fecha y hora y donde fue y nada mas!

    que hacemos al respecto?
  7. pisteros.com

    R Sep '05
    M 716
    Yo te dije que era asi.. y vos no me creiste.. jajajajaja
  8. chulo

    R Jul '04
    M 1.131
    que buena info :eek:k:
  9. CamiloCO

    R Abr '10
    M 101
    "Me Gusta" He'i Facebook

    Bien ahi, es importante el conocimiento de la normativa para adelantarse en estos casos de abuso...
  10. oiradzeap

    R Feb '06
    M 1.382
    Buena Info Hugo...!!

    ______
  11. Bumblebee

    R Abr '10
    M 530
    Jeje, aqui en Caaguazú llego la notificación, tenemos hasta el otro viernes para pagar... pero con esta info... ja!! a preparar el escrito ya no más... gracias amigos por la info... vamos a estar avisando a los muchachos... un abrazo!!
  12. Gio777

    R Jul '10
    M 169
    NO ESTAMOS EN CONTRA DEL USO DE CÁMARAS EN LOS SEMÁFOROS.
    ESTAMOS EXIGIENDO UN PROCEDIMIENTO REGULAR Y LEGAL.
    QUE SEA CONFIABLE PARA EL CIUDADANO Y REVERTIR ASÍ EL QUE AHORA SE USA EN SU CONTRA; CON AFÁN NETAMENTE RECAUDATORIO, PERVIRTIENDO EL PRINCIPIO DE AUTONOMÍA NORMATIVA MUNICIPAL, CREANDO ORDENANZAS QUE SE CONTRAPONEN MANIFIESTAMENTE A LAS LEYES Y AÚN ASÍ EL MUNICIPIO INSISTE, SUMA Y SIGUE RECAUDANDO PARA HACER MILLONARIOS A AMIGOTES, CON ILEGALIDAD, LUCRANDO A COSTILLAS DEL PUEBLO Y REGALANDO GRACIOSAMENTE EL 80% DE LO EFECTIVAMENTE COBRADO POR FOTOMULTAS A SERTRAN PARAGUAY SA Y EL 20% PARA LA COMUNA.
    Hay ciudadanos que ya recibieron 3, 4, 5, 6, y hasta 12 notificaciones. ¿Cuál es el fin de la sanción entonces? En países donde se implementan el sistema de fotomultas no pasan de 2 o 3 multas por infractores (individualizando a quien realmente conduce), detectan y se toman serias medidas. Acá la consigna es: “PAGÁ Y HACÉ MÁS MILLONARIO DÍA A DÍA A SERTRAN, SEGUÍ NOMÁS COLABORANDO !!!!!

    LO QUE EL INTENDENTE DE ÑEMBY NO SABE O NO QUIERE QUE SE SEPA??????

    DEFICIENCIAS EN EL SISTEMA DE CONTROL Y SANCIÓN DE INFRACCIONES DE TRÁNSITO POR CÁMARAS EN ÑEMBY
    1) Monto desmedido de la multa
    2) Procedimiento que no se ajusta a leyes vigentes (LEY 1276/98 y Ley orgánica del Ministerio Público)
    3) El sistema de cobro por multas es tercerizado y para más, carga al contribuyente 2 jornales mínimos encima de los 20 jornales de la multa. O sea 22 jornales en total. NO ES LEGAL la tercerización del cobro.
    4) Falta de certificación de un ente estatal que garantice el uso (ejemplo el INTN) de los equipos o dispositivos electrónicos e informáticos utilizados: calibrado de cámaras, captura de imágenes de las grabaciones, softwares, computadores (inviolabilidad de los mismos)
    5) Innumerables errores en las actas de contravención lo que induce pensar que no hay constatación (flagrancia)

    6) La ley de administración financiera exige que el monto percibido (por multa en este caso) ingrese al erario publico y ¿basándose en qué ley regala Lesme el 80% de la recaudación a una empresa privada?

    En Asunción el 100% de lo efectivamente cobrado por multa ingresa al erario publico, en MOPC también.
    En Ñemby el 20% ingresa a la Municipalidad y el 80% regala a una empresa privada (SERTRAN PARAGUAY SA.) Y ¿quién asegura que ingrese el 20% efectivamente cobrado ya que el cobro esta tercerizado? Y nadie controla?

    7) El manejo de datos privados sensibles del ciudadano que la comuna se obliga, POR CONVENIO a facilitar a SERTRAN PARAGUAY SA y son manejados a voluntad por la empresa privada….
    MUY PELIGROSO PARA LA CIUDADANIA….…

    8) La información distorsionada dicha por el Intendente de Ñemby textualmente: “principio básico el que paga mal paga dos veces”. Sabiendo bien él como autoridad que es un problema de competencia y confunde a propósito al común de la gente. EN DERECHO, NADIE PUEDE SER SANCIONADO DOS VECES POR LA MISMA FALTA (ART 2 LEY 1276)
    9) La mala fe del Intendente de Ñemby que en julio afirmó a medios televisivos que tienen certificación del INTN para operar y la verdad es que no existe tal certificación.
    ¿QUÉ SEGURIDAD TIENE EL CIUDADANO del sistema electrónico por cámaras?
    El intendente de Ñemby dice que una ley le da potestad de controlar rutas pero en ninguna ley dice que pueda cobrar la multa por infracciones de tránsito en ruta.
    A Asunción por ley cedió MOPC competencia sobre tramos de rutas nacionales y ¿A qué otro municipio cedió MOPC por ley la competencia en rutas nacionales?
    Mal podemos estar discutiendo días, meses, años cuando lo único que tenemos que hacer es revisar leyes vigentes y ceñirnos a éllas.

    LO MÁS IMPORTANTE : ”LA NULIDAD NO PRESCRIBE”
  13. Juan Manuel

    R Dic '05
    M 716
    Justamente el viernes me llegó una notificación de la Municipalidad de Ñemby, por sobrepasar el límite de velocidad... El límite es de 60, y el radar con el que miden marcó 82 km/h, por eso la multa es de 800 y piquitos para el primer vencimiento...

    En este caso, creo que tiene todas las firmas correspondientes... cual sería el inconveniente si no se paga????.... Se podría apelar esto como lo hizo el tipo en Ypacaraí...?
  14. Gio777

    R Jul '10
    M 169
    asi es man.. apela.. y segui los pasos que los perros hacen y anulan esa boleta trucha.. ilegal.. y anti constitucional por sobre todo!
  15. rdsc77

    R Ago '09
    M 88
    Hoy me llego la multa de velocidad de nemby encima me iva a 70 Km/h alguien tiene un modelo de nota para redactar o consiguio algun avance en este tema

    Gracias
  16. Kficho

    R Dic '10
    M 109
    HUSH!!!!
    volo no queres ser el padrino de mis 16 hijos? jajaja papa que buena noticia!!! gracias loco!
  17. Alfre Villalba

    R Nov '10
    M 781
    las de ñemby si son balederas..?? ami meses atras me mandaron la notificacion de ñemby... y tube que pagar.. osino me dijeronque me metian a opasi.:lamentable:
  18. SPEEDRACER Go Speedracer, go

    R Ene '04
    M 1.556
    que HDP esos de Ñemby
    me enviaron la semana pasada una multa por pasar en rojo de un auto que vendi hace 3 años haaaaaaaaaahahahaha.. que idiotas de cuarta
  19. SPEEDRACER Go Speedracer, go

    R Ene '04
    M 1.556
    ñemby.jpg ahi va la multa para el deleite de los muchachos. QUE HAGO?
  20. REDUC

    R Nov '04
    M 3.784
    Acá llegó uno de Hernandarias de una camioneta que se vendió hace 4 años kkkkk
  21. SPEEDRACER Go Speedracer, go

    R Ene '04
    M 1.556
    Encima vence hoy... A la puutaaaaaaaaaaaaaaaaaaa
  22. Skywalker Administrator

    R Jun '06
    M 5.660
    y avanzaste en rojo chepapa. eso si es delito! jajajjaa!

    una cosa es "supuesto control de velocidad" y otro es pasar en rojo... que caki che
  23. josemanuel16 Presidente Team Micro Machines

    R Ene '08
    M 428
    jjajajjajajajajajajajj OHO HA´E!!!! rojo fosforescente ya estaba kkkkkkkk
  24. SPEEDRACER Go Speedracer, go

    R Ene '04
    M 1.556
    epa... pero es foto fue tomada el 31/12/2009 y yo vendi ese auto en Junio 2008 hahahahaahaha
  25. J.6

    R Feb '05
    M 4.778
    esa camara de ñemby ya justifico 1millon de veces el costo de instalacion.... todooooo lo que ya facturaron!... Yo creo que en ñemby los ingresos del municipio ya se han de limitar a esa camara nomas ya... los habitantes tienen impuestos exonerados.. kkkkkkkkkk

Compartir esta página